Evita sanciones a tu empresa, nuevo plan de igualdad!

A la luz de la Ley Orgánica 3/2007 y el Real Decreto Ley 6/2019, cada vez son más las empresas que deben negociar e implantar planes de igualdad. Si su empresa tiene entre 100 y 150 personas trabajadoras (o más, en este caso ya es de obligado cumplimiento) a partir del 7 de marzo de 2021 estará obligado/a a tener negociado y registrado el Plan de Igualdad y a partir de ese día quedaría menos de un año para empresas de más de 50 personas trabajadoras ya que el 7 de marzo de 2022 será obligatorio para este tipo de empresas.

Nosotros podemos ayudarle a realizar el diagnóstico y la elaboración del Plan así como asesorarle a la hora de implantar las medidas acordadas para lograr sus objetivos en materia de igualdad. Además, podemos también ayudarle a diseñar el Protocolo de Actuación en caso de Acoso para su empresa. El artículo 48 de la Ley de igualdad nos dice que todas las empresas, independientemente del número de personas que trabajen en ella, deben promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo y arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones. En eso consiste un buen Protocolo de Actuación en caso de Acoso sexual o por razón de sexo.

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