Recurso preventivo

Gestión integral de la prevención    RECURSO PREVENTIVO

Servicio dirigido a aquellas empresas que se encuentren en las situaciones:

  • Cuando los riesgos puedan verse agravados o modificados en el desarrollo del proceso o la actividad, por la concurrencia de operaciones diversas que se desarrollan sucesiva o simultáneamente y que hagan preciso el control de la correcta aplicación de los métodos de trabajo.
  • Cuando se realicen actividades o procesos que reglamentariamente sean considerados como peligrosos o con riesgos especiales como pueden ser:
    • Trabajos con riesgos especialmente graves de caída desde altura
    • Trabajos con riesgo de sepultamiento o hundimiento
    • Actividades en las que se utilicen máquinas que carezcan de declaración CE
    • Trabajos en espacios confinados
    • Trabajos con riesgo de ahogamiento por inmersión, salvo lo referido a los trabajos en inmersión con equipo subacuático.
  • Cuando la necesidad de dicha presencia sea requerida por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, si las circunstancias del caso así lo exigieran debido a las condiciones de trabajo detectadas

Según lo que establece la Ley 31/1995 y RD 604/2006, de 19 de mayo