II Convenio colectivo de centros y servicios veterinarios

Resolución de 5 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de centros y servicios veterinarios

Todas las personas trabajadoras deberán realizar un Curso Básico de Riesgos Generales en los Centros y Servicios Sanitarios Veterinarios apartado 1 del artículo 62 de este convenio colectivo. Tendrá una duración mínima de seis horas.

Formación específica de la categoría laboral: formación en el conocimiento de los riesgos laborales de un grupo de riesgos específicos del puesto de trabajo de acuerdo con la categoría laboral de la persona trabajadora.

  1. Básica 3 horas.
  2. Avanzada 6 horas.

Grupos de riesgos

a) Grupo 1:

1. Riesgos derivados de la manipulación de agentes químicos en los centros y servicios sanitarios veterinarios.

2. Riesgos derivados de la manipulación de citotóxicos en los centros y servicios sanitarios veterinarios.

b) Grupo 2: Riesgos derivados de la exposición a agentes biológicos en los centros y servicios sanitarios veterinarios.

c) Grupo 3: Riesgos derivados por la exposición de agentes físicos en los centros y servicios sanitarios veterinarios.

d) Grupo 4:

  1. Riesgos ergonómicos en los centros y servicios sanitarios veterinarios.
  2. Riesgos derivados del trato con pacientes en los centros y servicios sanitarios veterinarios.

e) Grupo 5: Riesgos psicosociales en los centros y servicios sanitarios veterinarios.

A la entrada en vigor de este convenio colectivo la empresa dispondrá de veinticuatro meses para la adecuación de la formación básica a que se hace referencia en el apartado 3 del artículo 61 de este convenio colectivo y 36 meses para la realización de la formación específica del puesto de trabajo a que se hace referencia en el apartado 4 del artículo 61 de este convenio colectivo.